¿Puedo impugnar una multa de radar si la señal de límite de velocidad no era visible?

ST Stella IT 📗 Estudiante 👁 23 ⚑ Denunciar Derecho Automotriz

Me atraparon con el radar en la carretera estatal entre Como y Lecco a finales de septiembre, iba a unos 62 km/h en una zona de 50. El problema es que la señal de límite de velocidad estaba cubierta por ramas de árboles y por la lluvia no se veía bien. ¿Puedo recurrir o tengo que pagar los 173 euros?

6 respuestas

La visibilidad del cartel es efectivamente un elemento importante para la contestación, pero debes saber que no es automático ganar el recurso solo por eso. La ley prevé que el límite de velocidad debe estar claramente señalizado, y si el cartel estaba realmente cubierto por ramas o hecho ilegible por la lluvia, tienes buenas posibilidades de hacer recurso. Pero la carga de la prueba recae sobre ti: tendrás que demostrar que en ese momento y en esas condiciones el cartel no era visible. Fotos del lugar, testigos, o incluso solo un informe detallado de cómo estaban las cosas a finales de septiembre podría ayudarte.

El recurso debe presentarse en el plazo de 60 días desde la notificación de la multa, dirigido al prefecto o al juez de paz (depende del importe y de las leyes locales de tu provincia). Conviene que te hagas ayudar por un abogado especializado en derecho de tráfico o al menos consultar uno para entender cuál es el camino correcto en tu caso específico, porque los procedimientos varían. 173 euros no son pocos, y si tienes motivos serios para contestar, vale la pena intentarlo en lugar de pagar de inmediato.

El punto débil de tu posición es que 62 en una 50 es de todas formas una infracción real, aunque no grave. Si el cartel realmente no se veía, el recurso podría llevar a la anulación de la multa, pero no está garantizado: los jueces evalúan caso por caso. Si en cambio el cartel estaba simplemente difícil de leer pero técnicamente presente, el recurso es más arriesgado.

Giulia_67 CH 🔍 Entusiasta 💬 35 respuestas ⚑

El recurso funciona si logras probar que el cartello era efectivamente ilegible en el momento en que pasaste. No basta decir "lluvia y ramas", tienes que documentar todo: fotos del cartello cubierto por la maleza (mejor si las haces enseguida, vuelve al lugar), testigos si es posible, y sobre todo una pericia técnica. Este es el punto clave: una pericia (que cuesta tipo 300-500 euros) es lo que marca la diferencia ante el juez. Sin pruebas concretas la defensa "no se veía" tiene poco peso.

Lo que deberías hacer es presentar el recurso dentro de 60 días desde la notificación de la multa a la oficina de policía local o al prefecto. En el recurso adjunta las fotos, describe las condiciones meteorológicas de finales de septiembre y la situación del cartello. Si el alcalde del municipio no ha mantenido la señalética en buenas condiciones es un problema suyo, no tuyo, pero tienes que probarlo.

Honestamente, con 62 en zona 50 te atraparon con las manos en la masa. El margen de tolerancia en estos aparatos siempre existe (tipo 5 km/h), pero tú estás por encima. No digas que no veías el límite para intentar eximirte: la corte solo escucha si realmente tienes pruebas de que el cartello estaba escondido, no solo "poco visible". Si las pruebas existen, vale la pena el recurso. Si no, acéptalo y la próxima vez modera un poco la velocidad.

Una vez volviendo de un viaje hacia el Trentino me detuvieron porque no veía bien un límite de velocidad justo después de una curva con vegetación densa, y ahí entendí lo delicada que es esta historia. En tu caso específico la situación podría tener fundamento, pero no simplemente porque el cartel estuviera cubierto - como dicen los otros, no es automático. Lo que realmente cuenta es que logres probarlo con elementos concretos, no solo por tu relato hoy.

El punto crítico es documentar el estado efectivo del cartel en el momento en que superaste el radar. Si vuelves a la zona y fotografías el cartel todavía parcialmente oscurecido por las ramas (o simplemente la posición de la vegetación), eso es una prueba. La lluvia sola no vale mucho, porque el juez pensará "pero si llovía, pudo haber llovido mientras pasabas, pudo no haber llovido", mientras que las ramas que cubren físicamente la señal es diferente. Reúne fotos, habla eventualmente con alguien del lugar que confirme que el cartel está históricamente en esa condición, y sobre todo mira si tienes video de la dashcam de tu auto ese día - eso sería oro puro.

Para el recurso en sí, necesitas presentarlo dentro de 60 días desde la notificación de la multa, y si no lo has hecho ya te conviene moverte. Menciona expresamente la escasa legibilidad debido a los obstáculos físicos, después verás cómo va. El abogado que trata estos recursos localmente podría decirte en dos minutos si según él tienes márgenes concretos.

El punto es que 62 en una zona de 50 no es tanto por encima del límite, pero igual es infracción. La visibilidad del cartel para impugnarlo de verdad tienes que demostrarlo con algo concreto, no solo tu versión de los hechos. Las fotos sacadas después no valen mucho porque podrían haber sido tomadas en condiciones diferentes. Pero hay una cosa que nadie menciona: verifica si ese tramo tenía señalización de dissuasor óptico (las rayas blancas en el asfalto que frenan visualmente). Si el cartel estaba tapado Y además no había ni eso, es un punto fuerte para el recurso. Además, comprueba si ese cartel había sido reportado antes como dañado u ocultado al municipio o a la provincia - a veces esos datos existen.

Para el recurso propiamente dicho, documéntalo todo ahora: vuelve allí si es posible cuando brilla el sol y cuando llueve, fotografía el cartel desde el mismo punto desde el que lo veías tú en el coche, pídele al municipio una pericia sobre la visibilidad sin meterte de por medio (ellos están obligados a hacer ciertas verificaciones). Si encuentras testigos que hicieran frecuentemente ese trayecto mejor aún. Y un consejo práctico: pide copia de la foto-multa a la oficina de infracciones - si la foto de tu matrícula está borrosa o poco clara, ya eso es motivo de anulación por vicio formal.

Pero sé realista: si realmente ibas a 62 y no a 50, impugnar por visibilidad es complicado. Funciona mejor si te han cazado por ejemplo a 51 o 52 y el cartel realmente no se veía.

GI Giuseppe IT 🔍 Entusiasta 💬 30 respuestas ⚑

Técnicamente tienes una posibilidad, pero es más complicado de lo que crees. La señalética ilegible puede ser motivo de recurso, pero tienes que llegar al tribunal con pruebas concretas: fotos de la señal cubierta por ramas en el mismo momento, testigos, quizá también una pericia técnica que demuestre la imposibilidad real de verla desde esa distancia. Si vuelves al lugar hoy y haces una foto, esa no vale mucho porque las condiciones podrían ser completamente diferentes a finales de septiembre.

El consejo es que envíes el recurso administrativo adjuntando lo que tengas, aunque sea poco. En el peor de los casos pagas de todas formas, pero al menos lo intentas. Si en cambio decides ir a juicio, tienes que estar preparado para gastar dinero en una eventual consulta técnica, y a ese punto depende de si crees que vale la pena por 173 euros.

Las fotos hechas ese mismo día o poco después son fundamentales, pero sinceramente lo más importante es que vayas a ver si el cartel sigue en el mismo estado, porque si mientras tanto lo han limpiado y arreglado, se vuelve mucho más difícil probar que estaba ilegible cuando pasaste tú. Llévate un smartphone y documenta todo lo que veas, quizá también con la fecha visible.

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