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Yo no trabajo con traducciones pero como estoy siempre haciendo entregas veo mucha gente en esa situación y es un rollo la verdad. Lo importante es que tienes que declararlo sí, porque eso entra en tus ingresos, pero no necesita ser complicado - básicamente guarda los extractos bancarios que muestren los pagos y después lo metes todo en la declaración de la renta. Si son clientes en el extranjero, puede que ni te den documentación, pero tú tienes los comprobantes de los pagos, eso es lo que importa. El consejo que siempre escucho es que hables con un contable o que incluso llames a la Agencia Tributaria porque dependiendo de la cantidad y de otras cosas como si abres actividad como autónoma, puede haber diferencias, pero en la mayoría de los casos es solo registrarlo en la declaración y listo.

Uf, freelancer internacional es complicado de verdad. Entonces, sí necesitas declarar todo eso en el IRS, y normalmente le pides al cliente un formulario W-9 (si es en Estados Unidos) o documentación equivalente dependiendo de dónde sean, pero honestamente la mejor movida es hablar con un contador o contadora que se dedique a eso porque cada país tiene sus reglitas y puede que termines necesitando un EIN u otro papelerío que francamente no sabría explicarte bien. Hice unos trabajillos de diseño freelance para extranjeros el año pasado y fue un caos, así que es totalmente válido buscar ayuda profesional para no meterte en problemas con impuestos después.

No soy contadora pero en mi experiencia como electricista cuando hago algunos trabajos puntuales, básicamente tienes que declarar todo aunque sea freelance. Si los clientes son extranjeros, pídeles una factura o comprobante de pago - tipo referencia de la transferencia, monto y fecha - porque la AEAT quiere saber de dónde viene el dinero. Lo mejor es que consultes a un contador o vayas a la Seguridad Social porque eso cambia según ganes mucho o poco y si necesitas abrir actividad como trabajadora independiente; yo con las cosas de autónoma siempre me queda la duda, por eso más vale tener la certeza que errar, ¿viste?

Ó, entonces básicamente necesitas declarar sí, pero depende un poco de dónde sean tus clientes. Si son de Estados Unidos, van a querer un W-9 o un TIN (tax identification number) tuyo para poder pagarte bien. Ahora, si son de otros países, la cosa se pone un poco más suelta, pero igual necesitas declarar las ganancias en el IRS de todas formas.

Lo que haces es guardar toda la documentación que tengas - extractos bancarios, emails con el valor acordado, factura si la emites para ellos, básicamente cualquier prueba de que recibiste esa plata. En el IRS vas a declarar como self-employment income, y probablemente vas a necesitar llenar un Schedule C (si es en Estados Unidos) o equivalente, dependiendo de cómo estés organizada. La verdad es que el IRS quiere ver todo lo que entra, entonces cuanta más documentación organizada tengas, mejor te queda.

Una cosa que mucha gente no hace pero debería es separar ya para pagar impuestos, porque si estás recibiendo bastante freelance, al final del año podés terminar debiendo una cantidad considerable. Algunas personas crean un negocio estructurado para que esto quede más claro, pero siendo honesta, si son pocos meses todavía, podés intentar regularizar todo eso directo cuando declares. Te recomiendo hablar con un contador que entienda de freelancers internacionales, porque ellos saben exactamente cómo hacer que esto quede menos complicado y no dejar brecha para problemas después.

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