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No tienes que pagar el impuesto de sucesiones de inmediato: normalmente tienes cuatro años para saldar la deuda. Esto es importante porque muchas personas creen que vence enseguida, pero la mayoría de las administraciones tributarias te conceden este plazo más largo. Sin embargo, deberías informarte en la administración tributaria competente sobre cuál es la regulación de pago concreta en tu caso, ya que puede haber plazos distintos dependiendo del estado federado y de la cuantía de la herencia.

schmidt1980 DE 📗 Estudiante 💬 18 respuestas

Efectivamente te dan prórroga de pago, pero depende de cómo las autoridades evalúen tu situación. La oficina de impuestos puede darte hasta diez años si demuestras que no puedes pagar la suma de inmediato - por ejemplo, porque la propiedad está arrendada y quieres devolver las deudas con los ingresos del alquiler. En tu caso tienes que presentar una solicitud correspondiente y justificarla. Mucha gente cree que cuatro años es el máximo absoluto, pero eso no es correcto - eso es más bien el plazo habitual para la prórroga.

Lo más importante: contacta rápido con la oficina de impuestos competente y explica tu situación financiera. Cuanto antes actúes de manera proactiva, mejor. Si la propiedad está gravada o heredas deudas del difunto (lo que suele pasar), puedes indicarlo y probablemente te aprueben la prórroga. Pero ten cuidado - durante el tiempo de prórroga se generan intereses, eso tienes que contar en tus cálculos. Y: si vendes la propiedad, tienes que liquidar la deuda tributaria inmediatamente con los ingresos de la venta.

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