Pero faltó un detalle importante: tienes que verificar la legislación específica de tu región, porque varía bastante entre municipios e incluso entre comunidades autónomas. En Portugal, por ejemplo, la CNPD (Comissão Nacional de Proteção de Dados) tiene reglas bien definidas, pero hay diferencias regionales. Lo que vale en Lisboa puede no valer en Braga, ya sabes cómo es.
De todas formas, el principio general es ese: puedes grabar espacio público (calle, acera) sin problema, pero no puedes enfocarte deliberadamente en propiedad ajena - ventanas, puertas, balcones con rutinas visibles. La multa surge cuando hay una invasión clara de privacidad, no por tener una cámara genérica apuntada a la calle. Si tu cámara está simplemente en el ángulo natural del balcón y capta la calle y la acera como consecuencia, eso es completamente diferente a que ajustes deliberadamente para ver qué pasa en la casa del vecino.
Envía un correo a la cámara municipal o a la delegación de protección de datos de tu región con la descripción exacta de lo que capta la cámara - te dan una respuesta rápida y documentada. Así queda claro para el vecino también que consultaste y está todo dentro de la ley, si es el caso.